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La contratación de inmigrantes en origen cae a mínimos históricos

sábado 27 de junio de 2009

La contratación de inmigrantes en origen cae a mínimos históricos

La contratación de extranjeros en origen en el primer trimestre de 2009 ha alcanzado a 6.947 personas, según resaltó hoy la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, en la presentación del estudio Inmigración y mercado de trabajo. Informe 2009, editado por el Observatorio Permanente de la Inmigración y elaborado por el sociólogo Miguel Pajares.Consuelo Rumí explicó cómo la crisis económica ha hecho descender la cifra de los trabajadores que han venido a España a trabajar en lo que va de año, frente a la gran demanda existente en 2007 (178.340) y 2008 (136.604). "La segunda conclusión es que los instrumentos de gestión de las migraciones creados desde 2004 están funcionando positivamente y sirven al objetivo de colocar la prioridad en el mercado interno", añadió Rumí.

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La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración afirmó que en 2008 y en lo que va de 2009 se han seguido demandando trabajadores extranjeros en "la medida en que sus ocupaciones no eran cubiertas por españoles o extranjeros que se encontrasen ya en España. "Se necesitarán en menor medida pero en determinados sectores se van a seguir demandando ante la falta de candidatos en el mercado interno", afirmó.

El informe presentado hoy por la responsable de Inmigración y Emigración recoge un análisis sobre la situación del mercado de trabajo español en 2008 en el actual contexto de crisis económica, haciendo especial hincapié en cómo afecta esta situación a la población inmigrante que reside en nuestro país.

El estudio, que utiliza como fuente estadística la Encuesta Nacional de Inmigrantes, resalta como novedad el trabajo de campo desarrollado en la Comunidad de Madrid y en Cataluña, cuyo objetivo ha sido investigar determinados efectos del desempleo, la recolocación de parados y el retorno que se está produciendo hacia los países de origen de la inmigración.

Fuente: ElPais.com

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El Gobierno aprueba la cuarta reforma de extranjería en nueve años

El Gobierno aprueba la cuarta reforma de extranjería en nueve años

Que la inmigración es un fenómeno veloz y cambiante quedó demostrado ayer, cuando el Consejo de Ministros acordó remitir al Parlamento el cuarto proyecto de reforma de la Ley de Extranjería que discutirán las Cortes en el periodo de nueve años. El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, quien se entrevistó hace tres semanas con los portavoces de todos los grupos parlamentarios para propiciar un consenso en torno al texto, confía en que la norma entre en vigor antes de que termine el año. Pero los grupos parlamentarios ya han anunciado una dura batalla en el Congreso antes de que eso se produzca. La decisión del Consejo de Ministros fue tomada menos de 24 horas después de que el Consejo de Estado hiciera público un informe de 98 folios sobre el proyecto. A pesar de su extensión, el texto -al que ha tenido acceso este periódico- no contiene ninguna observación de carácter esencial, por lo que el Gobierno entiende que respalda la norma "en cuanto a que ésta se adecua a la Constitución y a las directivas europeas que traspone". El Consejo de Estado es el último de una larga serie de organismos consultados por el Ejecutivo. Entre ellos figuran el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Económico y Social, el Foro para la Integración de los Inmigrantes... Muchas de sus aportaciones -unas coincidentes, contradictorias otras- han sido incorporadas al proyecto.

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En el caso del Consejo de Estado, el Gobierno ha tenido en cuenta cuatro objeciones. La primera, referida a que los principios de la política de inmigración se dirijan no sólo al Ejecutivo, sino a todas las Administraciones públicas, incluidas las comunidades autónomas y los ayuntamientos. La segunda, que el derecho al voto en las elecciones municipales, siempre en los términos de reciprocidad previstos por la Constitución, sea establecido mediante tratados internacionales. La tercera, que el texto especifique que los extranjeros mayores de 18 años también tienen derecho a la educación. Y la cuarta, que las víctimas de violencia de género puedan denunciar su situación en lugares alternativos a las comisarías de policía.

El Gobierno ha dejado de lado otras aportaciones. El Consejo de Estado solicitaba, por ejemplo, que el periodo de residencia exigido a los inmigrantes para reagrupar a sus ascendientes (cinco años) fuera limitado a dos años. También pedía que fuera eliminada la suspensión del plazo de internamiento de los sin papeles cuando éstos solicitan asilo o hábeas corpus.

El proyecto, que ha sido elaborado por varios ministerios y coordinado por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, tiene dos caras. La más amable se refiere a la incorporación de varias sentencias del Tribunal Constitucional, que dotan de más derechos a los inmigrantes, y a varias directivas que buscan armonizar la legislación europea. La más adusta amplía el plazo de internamiento de los sin papeles y restringe la reagrupación familiar de los ascendientes de los extranjeros.

Tras la reunión que mantuvo hace tres semanas con los representantes de los grupos parlamentarios, Corbacho manifestó que había observado buena disposición en todos ellos. Sin embargo, los portavoces en el Congreso anunciaron ayer numerosos peros. El PP calificó la reforma de "tímida", CiU reclamó capacidad de intervención para Cataluña, el PNV exigió flexibilizar la reagrupación familiar, CC echó en falta una fórmula para gestionar el traslado de menores a la Península y ERC dijo que el texto deja "muchas cuestiones abiertas".

Los puntos más polémicos del proyecto

- Internamiento. Aumenta el periodo máximo de internamiento de los sin papeles de 40 a 60 días. Además, suspende el cómputo de ese periodo en caso de que los internos soliciten asilo o hábeas corpus.

- Reagrupación. Limita la reagrupación familiar de los ascendientes de los inmigrantes a los mayores de 65 años, aunque contempla razones humanitarias para llevarla a cabo en casos aislados. También exige al reagrupante cinco años de residencia en España.

- Violencia de género. Las extranjeras en situación irregular que denuncien una agresión y obtengan una orden de protección podrán obtener una autorización provisional de residencia y trabajo hasta que se dicte la sentencia.

- Infracciones. Castiga con multa de hasta 10.000 euros a quienes promuevan la permanencia irregular de un extranjero después de haberle facilitado una carta de invitación para viajar a España.

Fuente: ElPais.com

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La nueva Ley de Asilo recupera el papel de las embajadas y refuerza a ACNUR

lunes 22 de junio de 2009

La nueva Ley de Asilo recupera el papel de las embajadas y refuerza a ACNUR

Así lo han acordado los miembros de la comisión de Interior del Congreso de los Diputados, que hoy han aprobado -por 36 votos a favor y uno en contra- el dictamen de la ponencia que ha "refinado y perfeccionado" el proyecto de Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Todos los grupos han coincidido en destacar que el proyecto de Ley, que será debatido en el pleno del Congreso el próximo jueves, mejora las garantías y el procedimiento y acorta los plazos de concesión del asilo, además de garantizar la confidencialidad del todo el proceso. El nuevo texto desaparece el procedimiento abreviado y se detalla un procedimiento "de urgencia" que cuenta "con las mismas garantías" que el ordinario, incluida la posibilidad de que ACNUR presente un segundo informe en los casos en que se deniegue la petición de asilo.

La nueva Ley de Asilo recupera el papel de las embajadas y refuerza a ACNURLos portavoces de todos los grupos, salvo ERC, coincidieron en señalar la calidad del trabajo realizado por la ponencia y el nivel de acuerdo alcanzado, hasta el punto de que todas las enmiendas presentadas por el PP y la práctica totalidad de las presentadas por CiU fueron aprobadas.

En nombre del PSOE Juan Moscoso ha agradecido "profundamente el alto grado de consenso y confianza con que se ha trabajado" y ha expresado su satisfacción por haber "mejorado sustancialmente una ley que mantiene a España en la vanguardia tanto del asilo como de la protección subsidiaria".

Así, entre las modificaciones al proyecto de Ley aprobadas por la comisión destaca el hecho de que se haya vuelto a incluir la posibilidad de solicitar asilo ante una embajada o consulado, una opción que no existe en el ordenamiento de los demás países europeos, pero que "respeta la tradición histórica española", ha destacado la portavoz de CiU, Mercé Pigem.

La figura del Alto Comisionado para los Refugiados (ACNR) también se ha visto reforzada al ser incluida su presencia en todas las fases del proceso, así como la de ONG especializadas en este tipo de cuestiones.

También se han visto reforzadas las garantías del principio de no devolución y la prohibición de expulsión en casos de violación del derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Las causas de exclusión y de denegación de la protección subsidiaria también han sido precisadas, así como los derechos sociales de los solicitantes de asilo y la posibilidad de solicitar reagrupación familiar.


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Requisitos para la prestación de desempleo

¿Quienes pueden solicitar la prestación de desempleo?


  • Tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social en un régimen con contingencia de desempleo.

  • Estar en situación legal en España.

  • Si ha trabajo un año o más: tiene que haber cotizado un mínimo de 6 meses en los seis años anteriores al momento que se quedo sin empleo.

  • Si ha trabaja menos de un año: Puede acceder a un subsidio por desempleo, siempre que haya cotizado como mínimo tres meses (si tiene responsabilidades familiares); o seis meses de no ser así.

  • No tener al edad que se exige para la pensión de jubilación, a menos que no tenga derecho a percibirla por falta de cotización.
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¿Cuál es la documentación que hay que presentar? ¿Dónde se presenta la solicitud y cual es el plazo de presentación?

Conjuntamente debe inscribirse como demandante de empleo y presentar la solicitud en el Servicio Publico de Empleo antes de cumplir los 15 días hábiles desde el momento que perdió el empleo.

Documentación y solicitud:
Solicitud (se la dan en el servicio Público de Empleo)
Documentos del solicitante y los hijos a su cargo (DNI y Libro de familia)
Certificado de la empresa donde trabajo durante los últimos 6 meses

Para los que han trabajado menos de un año, deberán agregar la declaración de la renta del solicitante y los familiares que convivan con él o estén a su cargo, datos de domiciliación bancaria y autorización de petición de información a la AEAT (agencia tributaria)

¿Durante cuánto tiempo recibirá la prestación por desempleo?

Para aquellos que han cotizado de seis meses a menos de un año, recibirán la prestación dentro de un periodo mínimo de tres meses. A partir de ahí por cada tres meses cotizados, se perciben dos más de prestación hasta llegar al tope máximo de dos años.

¿Como se calcula la prestación de desempleo?

Para las prestaciones contributivas, el importe corresponderá al 70 % de la base de cotización del trabajador durante los 6 primeros meses y luego el 60 %.

A partir del 2009 se estableció como mínimo de prestación 492,08 euros y un máximo de 1076,44 euros para aquellos parados sin descendencia. Los parados con al menos un hijo a su cargo percibirá como mínimo 658,16 euros y 1230.22 euros de máximo.
Ninguna prestación de desempleo podrá ser superior a 1.384 euros.

Al importe de la prestación se descontara el importe de cotización a la Seguridad Social y la retención a la cuota de IRPE cuando corresponda.

¿Cuánto tardan en ser efectiva la prestación?

Dependerá de la oficina del Servicio Publico de Empleo, pero como máximo alrededor de 5 días.

El aumento de la tasa de desempleo en España, especialmente de trabajadores extranjeros ha provocado un descenso en la llegada de inmigrantes en busca de oportunidades.

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